jueves, 25 de septiembre de 2008

TIEMPOS DE CRISIS


Tendremos que ir acostumbrándonos, a fuerza de oírla machaconamente, a la dichosa palabrita: crisis. Y parece que el efecto que produce es parecido al del anuncio de la televisión, ante su sola pronunciación, se corre alocado, no se sabe muy bien hacia donde ni para qué, pero el caso es que hay que hacer algo, para no desentonar del resto que utiliza la palabreja, como exhortizando a Satanás. Y ésta moda esta aterrizando en el mundo empresarial, con un resultado que no es nuevo para los trabajadores, y que consiste en que el empresario arrima el ascua a su sardina y emplea la coyuntura para sus expureos intereses, rebajando la partidas de los gastos de personal. Nuestra Compañía como parece que no anda muy sobrada de "substancia gris" ya se apunto a éste carro con el tema del absentismo, u últimamente, saltándose todos los acuerdo legalmente firmados con el Comité, ha comenzado a no sustituir en procesos de I,T. de una duración mayor de 10 días, prescindiendo, por consiguiente de una serie de contratos de sustitución que obedecen a tal fin. Situación claramente estacional y coyuntural, los trabajadores van a la "bolsa de trabajo" y son llamados nuevamente atendiendo a criterios de mayor días de prestación de servicios.
Lo que no sería de recibo es cruzar la "delgada línea roja", con otros movimientos cuyos fines serían bastardos para una Compañía sería como la nuestra, aunque en el sector otras Compañias menos serias los utilicen, y aprovechen que el Tajo pasa por Toledo, par descargarse de trabajadores desprotegidos, inmigrantes, jovenes, .... Todos conocemos esas Compañias pocos serias de comida rápida y de grandes cadenas. Pero RAESA, con diferentes nombres, tiene más de 30 años de historia, dura y difícil, y aquí estamos, dispuestos a no escurrir el bulto si hay que apretarse el cinturón y luchar por permanecer otros 30 años, aunque las direcciones pasen, nosotros permanecemos, ES NUESTRA EMPRESA.
En tiempos de crisis la mayor ganancia esta en el ahorro, estamos de acuerdo. Pero no sólo en el ahorro de los gastos de personal, hay que controlar, los salarios de dirección y ejecutivos, los gastos del consejo de administración. los gastos de representación, los gastos de difícil justificación (Tarjetas visas regalitos etc.) todo gasto superfluo como duplicar departamentos y extenalizar funciones (administrativas, logísticas...)
Lo sencillo no es siempre garantía de perdurabilidad, y a veces, aunque para conocer la profundidad de un charco sea necesario introducir en el un pié, ojito, si no haces pié te ahogas, hay charcos que es mejor no intentar cruzar.

martes, 23 de septiembre de 2008

La gestión de la sanidad: ¿una oportunidad de negocio?


La privatización de la Sanidad pública madrileña por parte del Gobierno de Desesperanza Aguirre está realizándose a pasos agigantados, el Gobierno de la Comunidad de Madrid está tomado decisiones que suponen la aniquilación de un servicio público básico como la Sanidad,el enriquecimiento privado, con fondos públicos, se impone a la rentabilidad social, característica principal y valor substancial de cualquier servicio público. La gestión privada, tiene como fin la búsqueda prioritaria del beneficio,con lo que esto implica, ahorro en recursos humanos y materiales y, sobre todo, el abandono de todo lo que represente un “riesgo” por poco rentable. Este principio se basa sobre un hecho determinante para la asistencia sanitaria que practican las aseguradoras privadas: el 10% de la población –personas mayores y enfermos crónicos, inmigrantes– consume el 90% de los recursos. El negocio consiste en evitarlos .
Está en juego uno de los servicios sociales públicos fundamentales, como la Sanidad, que hasta ahora garantizaba que, todas las personas fuéramos atendidas cuando más lo necesitábamos sin tener en cuenta parámetros como que somos mayores y/o tenemos enfermedades que demandan más recursos, en fin, LA SALUD NO ES UN NEGOCIO ES UN DERECHO

viernes, 12 de septiembre de 2008

QUE OCURRE EN EL SECTOR DE LA ENERGIA FOTOVOLTAICA


No es fácil comprender en toda su extensión todos lo recovecos que entorpecen el desarrollo de ésta importante fuente de energía en España. Y torpemente voy hacer un resumen. El Ministerio de Industria regula éste mercado a través de un real decreto que expira el 30 de septiembre, el Ministerio ha enviado al Consejo de Estado un borrador de real decreto y que debe aprobar antes de final de mes, cuando acaba la prima vigente desde 2007. El decreto mantiene un tope anual de nueva potencia de 300 mega-vatios (200 en tejado, hacia donde Industria vuelca el sector, y 100 en suelo), muy lejos de los 1.000 instalados en lo que va 2008, de los cuales más del 95% han ido en suelo. Según la Asociación de la Industria Fotovoltaica (Asif), en tramitación hay parques que suman más de 300 megavatios y que se llevarán la instalación de 2009, por lo que no habrá nuevos paneles en suelo. El quid de toda esta cuestión esta en la prima que se paga por producir energia fotovoltaica, que esta haciendo que con fines especulativo, se vea esta fuente de energía no como una inversión a medio y largo plazo sino una rentabilizacion rápida a corto, con un abandono mas que seguro de la actividad cuando esta deje de ser subvencionada con dinero público, y que muchas constructoras con suelo improductivo se dediquen a transformarlo momentaneamente en huertos solares. Mucha precaución hace falta a la hora de legislar, pues una ley mal hecha en vez de fomentar el futuro de un sector lo que puede hacer es atraer inversión especulativa y poner en jaque a mas de 40.000 empleos que se podrían perder en los próximo cuatro años.

En qué consiste la nueva norma
El real decreto impone un tope de 400 MW nuevos anuales, lo cual permitirá alcanzar unos 3.000 MW en 2010 y alrededor de 10.000 MW en 2020. El objetivo es impulsar las instalaciones sobre tejado frente a las grandes plantas sobre suelo (huertos solares) "por sus mayores beneficios económicos y medioambientales", afirman desde Industria.
La retribución también será menor: frente a los hasta ahora 45 céntimos de euro por kWh producido, los productores cobrarán 32 céntimos. No obstante, si las instalaciones están ubicadas en techo y son de pequeña producción, recibirán dos céntimos más.
Asimismo, según los responsables institucionales, la nueva norma quiere también estimular la producción nacional de paneles: en 2007 se gastaron 2.5000 millones de euros en importar de Alemania, Japón y China el 70% de estas placas. A pesar de ello, parece que por el momento el sector no lo ha percibido así. Por ejemplo, la empresa BP Solar no construirá la fábrica de paneles que tenía prevista para Puertollano (Ciudad Real), que iba a ser la más grande de Europa, con una inversión de cien millones de euros y 500 nuevos empleos directos.

lunes, 1 de septiembre de 2008

EL DEBATE MAS ACTUAL Y VIVO


El debate mas actual y vivo que existe y se esta dando en estos momentos en nuestra Compañía, es todo lo relacionado con el absentismo en general, y las bajas por enfermedad en lo concreto, y lo que esto conlleva para el empresario, que lo traduce en un perdida de productividad del trabajador, y como resultado la perdida de interés del empresario por éstos trabajadores, e intentando por todos los medios obstaculizar, reducir y eliminar la permanencia en el estado de Incapacidad Temporal de los trabajadores. Recientemente el Tribunal Constitucional, en sentencia de 26 de Mayo de 2008, se ha pronunciado sobre lo polémico de los despidos de trabajadores con recurrentes episodios de Incapacidad Temporal, admitiendo en éste contexto que dichos despidos pueden constituir un factor de discriminación y que por lo tanto cualquier decisión empresarial, carente de justificación razonable, podría declararse nula. Y no admite una explicación económica, (perdida de productividad unida al absentismo) , conectando con las obligaciones empresariales en materia de prevención de Riesgos Laborales. Despedir por estar enfermo o despedir por no poder trabajar. Esta es la cuestión. En el primer paso, el Tribunal Constitucional parece revocar la polémica jurisprudencia del Tribunal Supremo. En el segundo, sitúa el debate en el ámbito de la legalidad ordinaria, si bien dándole un 'tirón de orejas' a los tribunales inferiores, que no se plantearon en ningún momento el carácter incapacitante de las lesiones del trabajador y aplicaron automáticamente la lógica de la improcedencia. El debate sigue vivo: por el momento la pérdida de productividad ocasionada por el absentismo exige unos requisitos claramente definidos por la ley, sin los cuales aquél despido motivado realmente por la enfermedad del trabajador tendrá muchas posibilidad es para ser declarado nulo. Aviso a navegantes: las Compañias han de actualizar los sistemas de selección en hilo directo con las políticas de prevención de riesgos laborales, realizar un estudio en profundidad sobre los niveles y causas de absentismo, diseñar políticas organizativas claras para combatirlo y, sobre todo, evitar medidas que penalicen la enfermedad.